S1.363 LOTE 2 – LOCAL DE 293,69 M² EN CAZORLA (JAÉN) (F.R. Nº 17.234)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
Cazorla, Jaén
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
217.740,00 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
10.887,00 €
Descripción
Se subasta un amplio local comercial en planta baja, ubicado en la ciudad de Cazorla. Con acceso independiente desde la vía pública, esta propiedad ofrece una excelente oportunidad para inversión o negocio.

Características del inmueble:
  • Superficie construida: 293,69 m²
  • Superficie útil: 233,54 m²
  • Acceso directo desde la calle La Sombra
  • Buena distribución y amplios espacios
  • Cuota de participación en beneficios y cargas: 17 %

Ubicación y entorno:
El local se encuentra en una zona consolidada de Cazorla, con proximidad a diversos servicios y conexiones. Ideal para múltiples usos comerciales o empresariales.

Eficiencia energética:
  • Consumo de energía: D
  • Emisiones: C

No pierda esta oportunidad de adquirir un inmueble con gran potencial en una ubicación estratégica. Para más información y detalles sobre la subasta, contacte con nosotros.

[*] Observaciones: De acuerdo con las normas urbanísticas, los actuales locales de negocio podrían destinarse a cocheras y trasteros.

Información adicional
URBANA: NUMERO UNO. - LOCAL, en planta baja del edificio sito en la calle La Sombra, sin número de orden de esta ciudad de Cazorla.

Ocupa una superficie construida de doscientos noventa y tres metros y sesenta y nueve decímetros cuadrados, siendo la útil de doscientos treinta y tres metros y cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Tiene su puerta de entrada independiente a través de la calle La Sombra.

Linda, considerándolo desde su puerta de entrada: frente, con la indicada calle y con caja de escaleras común del edificio; derecha, con herederos de Don José y Doña Antonia Martínez Fuertes, y con caja de escaleras y portal de entrada del edificio; izquierda, con Enrique Moreno Cuñat y con portal y caja de escaleras común del edificio; y espalda, con otro solar de los hermanos López Díaz y otros. CUOTA DE PARTICIPACION EN BENEFICIOS Y CARGAS: Diecisiete enteros por ciento.

La posible constancia registral de la referencia catastral no implica la extensión de los efectos del principio de legitimación a la descripción física y ubicación de la finca, ni la presunción de su correspondencia con la delimitación geográfica de la parcela catastral, salvo en los casos en que la finca esté coordinada gráficamente con catastro.

CALIFICACIÓN MEDIOAMBIENTAL en Consumo de Energía y Emisiones: Inscrito en Registro, según CEE: D y C.

[*] Observaciones: De acuerdo con las normas urbanísticas, los actuales locales de negocio podrían destinarse a cocheras y trasteros.


Referencia catastral
9667901VG9996N0019UO
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CAZORLA
Datos de registro
Folio: 1223 ; Libro: 271; Tomo: 132
Nº finca
17234
Porcentaje de propiedad
100 %
Superficie construida
293,69 m2
Superficie útil
233,54 m2
Datos del expediente
Expediente: CLIELSA INNOVACIÓN Y DESARROLLOS TECNOLOGICOS, SL
Nº expediente: Procedimiento Concursal nº 399.2/2024
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº 1 Jaén
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de la concursada CLIELSA INNOVACIÓN Y DESARROLLOS TECNOLOGICOS, S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Viernes, 7 de marzo de 2025, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Lunes, 7 de abril‎ de ‎2025, a las 18:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA Y UN (31) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de QUINIENTOS EUROS (500,00 €) para los lotes de los bienes inmuebles.

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 2 - LOCAL DE 293,69 M² EN CAZORLA (JAÉN)
FINCA N.º 17.234 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CAZORLA
217.740,00 € 10.887,00 €

La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta CLIELSA LOTE 2

No se validará a ningún postor cuyo depósito no conste ingresado en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la parte vendedora, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la parte vendedora podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa, si fuese necesaria por tratarse de un bien inmueble.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. - El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Todos los impuestos y gastos que se deriven de la enajenación, adjudicación, venta o transmisión de los activos, incluso las que sean por cuenta legalmente del vendedor, levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, Registro Bienes Muebles, etc.  así como de la retirada de los activos, transporte, puesta a punto, seguros, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la parte vendedora Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Gastos, impuestos y cargas
Desde el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación de la Diputación de Jaén nos indican que vista la solicitud referida a CLIELSA INNOVACION Y DESARROLLOS TECNOLOGICOS SL con D.N.I. / C.I.F. nº B23590359, mediante la que solicita informe sobre deudas pendientes de IBI de las referencias catastrales 9667901VG9996N0019UO con este Servicio Provincial de Gestión y Recaudación Tributaria a los efectos oportunos y, una vez consultada la base de datos que las referencias catastrales citadas no tiene recibos o liquidaciones pendientes de pago por ninguno de los conceptos tributarios gestionados por este Servicio al día de la fecha 24/03/2025

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. - El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Todos los impuestos y gastos que se deriven de la enajenación, adjudicación, venta o transmisión de los activos, incluso las que sean por cuenta legalmente del vendedor, levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, Registro Bienes Muebles, etc.  así como de la retirada de los activos, transporte, puesta a punto, seguros, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la parte vendedora Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
CATASTRO FR 17234.pdf
CONSULTA DESCRIPTIVA Y GRAFICA FR 17234.pdf
MAPAS FR 17234.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Pl. de los Aligüstres
Código Postal
23470
Población
Cazorla
Provincia
Jaén